Atan manos a munícipes, no podrán gastar dinero del impuesto predial

Rogelio Sánchez Gatica y Jorge Morales Barud

Por Lola Olivares

Cuernavaca, Morelos; 29 de noviembre de 2012. Este día entró en entregó en vigor la reforma del artículo 93 de la Ley General de Hacienda Municipal del Estado de Morelos que prohíbe a los presidentes municipales de los 33 Ayuntamientos gastar el dinero recaudado por el cobro anticipado del impuesto predial.

A la letra el artículo señala que: “Los Ayuntamientos podrán recibir de manera  anticipada las contribuciones por concepto de pago del  impuesto predial del ejercicio fiscal siguiente durante los meses de noviembre y diciembre de cada año, por lo cual los contribuyentes tendrán derecho a una reducción equivalente al porcentaje que anualmente  se determine en la Ley de Ingresos del Municipio correspondiente, pero se prohíbe a las administraciones municipales que hayan recibido el cobro anticipado del Impuesto  Predial del ejercicio fiscal del año siguiente, ejercerlo o gastarlo en el ejercicio fiscal vigente”.

La iniciativa y ahora ley fue promovida por Mario Arizmendi Santaolaya, quien dijo que el objetivo de la reforma fue el de no dejar sin dinero de los alcaldes electos, pues las finanzas de los municipios están muy complicadas.

“Esta ley garantiza que pueda haber una recaudación y esa recaudación, el presidente municipal entrante, pueda invertirlo en el gasto público y ya no sea gastado en el pago de deudas”, comentó.

La reforma también establece que  será  la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado la que  vigilará que las administraciones municipales cumplan con lo dicho en el artículo y que la violación del mismo será sancionado por las autoridades y ordenamientos correspondientes.