
Por Elsa Castorela Castro
Con la aprobación de la Ley de protección y conservación del maíz criollo en su estado genético para el estado de Morelos, este grano se convierte en “Patrimonio Alimentario Originario”, y coloca al estado como la tercera entidad en el país en proteger sus maíces originarios, después de Tlaxcala y Michoacán.
El pleno del Congreso Local, aprobó dicha ley con lo cual se protege al sistema milpa que los campesinos han conservado por cientos de años; además en la ley se garantiza que el gobierno del estado de Morelos, a través de la secretaria del ramo, destine cuando menos el 5% del presupuesto anual para el fomento y desarrollo de maíces criollos.
La nueva ley que entrará en vigencia una vez que sea publicada en el periódico oficial, garantiza la libertad para que los productores usen los mejores granos de las mazorcas de los maíces criollo y nativo que se pueden reproducir infinitamente.
Además tiene por objeto regular y fomentar la protección, conservación y mejoramiento de maíces criollos, se garantizará la protección del cultivo en territorio morelense y “promover el desarrollo sustentable; fomentar la productividad, la competitividad y la biodiversidad del maíz morelense; la conservación y el aprovechamiento tecnológico; establecer los mecanismos de fomento y protección en cuanto a la investigación, producción, comercialización, consumo y diversificación”.
De acuerdo a esta nueva ley, corresponde a la Secretaria de Desarrollo Agropecuario “estimular la siembra asociada de maíces criollos con otros cultivos como chile, calabaza y frijol, para rescatar el sentido de la milpa tradicional para la autosuficiencia alimentaria, así como la cultura campesina tradicional y evitar el desgaste de la tierra por monocultivo”.
“Se reconoce a Morelos como una de las entidades federativas de origen del maíz, entendiendo por esto la circunstancia histórica, biológica y cultural de nuestro estado”.
La ley considera la creación de Fondos de Semillas del Maíz, “que serán los bancos de semillas que tienen por objeto el fomento y la protección del Patrimonio Alimentario; la conservación, mejoramiento, preservación de la semilla del maíz criollo”.
Definiciones
El maíz: es la variedad y razas de maíces criollos, nativos o cruzas de los mismos que han sido cultivados por los agricultores en sus predios.
Patrimonio alimentario originario: Líneas genéticas originales y variadas del maíz que se encuentran en el estado de Morelos; misma que constituyen parte del patrimonio alimentario.
Productores originarios y custodios: Productores que descienden culturalmente de quienes han conservado y preservan el cultivo del maíz.
Maíz criollo: los maíces originarios o nativos.
Conocimiento para descendientes
La ley también contempla que los productores de maíces criollos deberán: “transferir a sus descendientes la cultura del cultivo del maíz así como los productos que se originen del mismo, según sus usos y costumbres, pero buscando siempre su mejora en la calidad de la producción, con la finalidad de preservar el Patrimonio Alimentario Originario”.
