
Por Magda García
Cuernavaca, Morelos; 14 de mayo de 2015. Derivado de que el grupo etario en el cual se encuentra el menor que la semana pasada accionó un arma de fuego en contra de su director, la máxima sanción a la que el joven se podrá a hacer acreedor es a recibir sanciones de carácter psicológico y trabajo comunitario, informó la jueza del Tribunal Unitario de Justicia para Adolescentes (TUJA) Erika Soveida Juárez Trujillo.
La Ley de Adolescentes del Estado de Morelos vigente establece que sólo aquellos jóvenes que tiene 14 años de edad y menor a los 18 años podrían hacerse acreedores a una medida cautelar de internamiento en este caso no aplica la prisión preventiva en contra del menor por el delito de tentativa de homicidio.
El joven no puede salir del Estado, no puede acerca a la instalaciones de la secundaria 41, ubicada en Los Pinos delegación Tejalpa del municipio de Jiutepec, así como la madre del menor se deberán rendir de manera quincenal y estar bajo la vigilancia de su progenitora misma que deberá presentar a la Unida de Medidas Cautelares para Adolecentes (UMECA) un desglose quincenal de las actividades que efectúa Margarito “N”.
Recordó que pese que el sábado pasado el agente del ministerio público pidió la medida cautelar de privación de la libertad del adolescente no se puede sancionar la conducta con la misma.
