Analizan iniciativa de ley de responsabilidades de los servidores públicos

Diputados en análisis
Diputados en análisis

Cuernavaca, Morelos; 25 de enero de 2016. El diputado Carlos Alfredo Alaniz Romero instaló las mesas de trabajo para el análisis y discusión de la  iniciativa por la que se crea la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y Combate a la Corrupción, que busca facilitar la justicia para los ciudadanos y generar mayor credibilidad con las sanciones llevadas a cabo por los tribunales, las contralorías y la Auditoría Estatal.

Alaniz Romero agradeció la opinión y el apoyo jurídico, al grupo de asistentes conformado por representantes de asociaciones, colegios y barras de abogados de la entidad, así como de la Secretaría de la Contraloría, Comité de Participación Ciudadana, Ayuntamiento de Cuernavaca y la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización; ante quienes destacó que el objetivo es presentar un dictamen acorde y en beneficio de los ciudadanos.

En el Salón de Comisiones del Congreso, agregó que dicha iniciativa la presentó ante el Pleno el pasado 9 de diciembre de 2015, con la finalidad de que Morelos tenga una ley conforme a las necesidades jurídicas y de implementación de las reformas constitucionales en materia de combate a la corrupción.

Detalló que la propuesta comprende 78 artículos, agrupados en 7 títulos y 4 artículos transitorios, constituidos de la siguiente manera:

El primer título, denominado De los  servidores públicos, define qué personas son consideradas como servidores públicos y quedan sujetos a las disposiciones de la ley; asimismo, reconoce el derecho de cualquier ciudadano para formular quejas y denuncias por actos u omisiones que den origen a responsabilidad administrativa jurídica por el incumplimiento de deberes y obligaciones.

Los títulos segundo y tercero, sobre el juicio político y la responsabilidad penal, se ciñen a los procedimientos ya previstos en la ley vigente.

En tanto, el título cuarto se refiere a la responsabilidad administrativa y establece las disposiciones generales respecto de los deberes a cumplir por todos los servidores públicos en el desempeño de su cargo o comisión; también, establece la forma en que deben practicarse las notificaciones al procedimiento administrativo sancionador, los supuestos de notificaciones personales.

Asimismo, el título quinto regula las pruebas que las partes pueden ofrecer durante el desahogo del procedimiento administrativo sancionador; en el sexto establece las reglas a que deben sujetarse las autoridades sancionadoras al  momento de emitir la resolución definitiva.

Por último, el título séptimo regula la prescripción y la caducidad, destacando que por regla general las sanciones por los actos u omisiones de los servidores públicos que infrinjan sus deberes de legalidad, honradez, lealtad y eficiencia en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, serán de tres años, pero cuando la conducta sea calificada como grave el término para la prescripción será de siete años.

Asistieron al evento representantes de la Asociación de Abogados Unidos y México 2016, del Colegio de  Abogados de México, Barra de Abogados, Consejo Estatal de Abogados, así como la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de Morelos, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Morelos, Quejas y Procedimientos Administrativos y de la Contraloría del Ayuntamiento de Cuernavaca, y de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso.