Lamenta Canacintra conflicto entre trabajadores y llantera Firestone

Jorge Mátar Vargas

Por Silvia Lozano Venegas

Cuernavaca, Morelos; 9 de marzo de 2018. El presidente de la Cámara Nacional de la Industria y la Transformación (Canacintra), Jorge Matar Vargas, lamentó el conflicto interno entre el sindicato y la empresa llantera Firestone; no obstante confía que se resuelva pronto.

En entrevista, Jorge Mátar Vargas, presidente de la Canacintra, dijo que el posicionamiento como líder de la Canacintra, es de respeto y que han entablado pláticas con ellos para ponerse a su disposición y ayudar.

“El tema de Firestone es un tema interno de sindicatos blancos, que traen un conflicto que esperan resolver en los próximos días, es una empresa privada que tendrá que arreglar sus temas internos y estamos en la mejor disposición de ayudar si así lo piden”, aseveró Jorge Mátar.

Como se recordará, el pasado domingo, los trabajadores de la empresa Firestone bloquearon la autopista México Cuernavaca, a la altura de Diana y anunciaron que en esta semana emplazarían a huelga, ante la falta de diálogo de la empresa para solucionar el conflicto, lo que podría derivar que la empresa emigre a otro estado.

Asimismo, cuestionado sobre los 550 despidos en la empresa Nissan, Jorge Mátar respondió que no tiene ningún pronunciamiento al respecto, porque tenía el conocimiento de que las inversiones se iban a ampliar.

Denuncia CMMC que familiares de operador de Gayosso adquirió de manera irregular casa de 1.6 MDD

Gerardo Becerra
Ciudad de México; 9 de marzo de 2018. La Coordinadora Morelense de Movimientos Ciudadanos (CMMC) demandó hoy a la Procuraduría General de la República que actúe con la misma rapidez que se condujo en el caso del precandidato presidencial Ricardo Anaya y desahogue las cuatro denuncias presentadas por presuntas conductas ilícitas del gobierno de Graco Ramírez Garrido que representan un quebranto al erario público morelense superior a los 2,000 millones de pesos.
Es urgente que la PGR indague y sancione a la brevedad las averiguaciones previas que involucran desvíos multimillonarios de funcionarios, amigos y familiares del primer círculo de Graco Ramírez, en un caso muy similar a las malversaciones de recursos sancionadas en Veracruz contra Javier Duarte, ya que en Morelos se presume que el dinero público malversado están siendo utilizado para la campaña a la gubernatura del hijastro de Graco, Rodrigo Gayosso Cepeda, afirmó Gerardo Becerra, fundador de la CMMC.
El activista social informó que hoy fue presentada una nueva denuncia ante la PGR. Se trata de la compra de un bien inmueble por la cantidad de $1,600,000.00 USD (un millón seis cientos mil dólares moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) –alrededor de 22 millones de pesos- donde se presumen los delitos de ASOCIACIÓN DELICTUOSA, DEFRAUDACION FISCAL Y OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILICITA, que involucran a JOSE MARÍA ALEJANDRO FABRICIO FERNANDEZ MICHEL, el notario público JOSE ANTONIO MORENO ACOSTA y PEDRO JOSE RUIZ DE CHAVEZ SOTO, este último padre de ANDRIK RUIZ DE CHÁVEZ, ex funcionario del gobierno del Estado de Morelos a quien se conoce como operador financiero de Gayosso Cepeda.
Pedro José Ruiz de Chávez Soto es padre de Andrik Ruiz de Chávez, amigo de la infancia de Gayosso Cepeda, es quien conocido por su cercanía con el gobierno de Graco Ramírez y fue subsecretario de Administración de la Secretaría de Salud, cargo en el cual se le acusó de malversación de recursos públicos por más de 500 millones de pesos en la compra de medicamentos e implementos para hospitales lo cual se encuentra documentando en la averiguación previa que también inició la CMMC en marzo de 2015.
“Hoy sumamos ante la Procuraduría General de la República una nueva denuncia penal por hechos presuntamente constitutivos de delitos atribuibles a uno de los operadores financieros del precandidato a la gubernatura Rodrigo Gayosso Cepeda, hijo del gobernador Graco Ramírez Garrido”, expresó Gerardo Becerra.
Son ya 4 expedientes –agregó con pruebas documentales que tiene la PGR donde se confirman la presunción de delitos como malversación de recursos públicos, asociación delictuosa, defraudación fiscal y operaciones ilícitas que involucran al propio Ramírez Garrido, familiares y amigos.
El caso denunciado hoy se refiere a la residencia con terrenos contiguos en el lote 850 del condominio residencial “La Herradura Norte”, en Cuernavaca, Morelos, con una superficie total de 1,927 metros cuadrados con 1,659 metros cuadrados de construcción, que fue adquirida de manera inicial en enero de 2000 por el matrimonio con régimen de separación de bienes formado por la finada actriz Marianne Levy Fernández y el Arquitecto Fernández Michel.
Las presuntivas de conductas ilícitas se encuentran en el Instrumento 900-VOLUMEN XX-PAGINA 108 fechado el 19 de diciembre 2017, mediante la cual, el notario público Moreno Acosta formalizó un contrato de compra venta Ad Corpus y No Ad Mesuram celebrado el 30 de marzo de 2004 –hace 13 años- entre el arquitecto JOSE MARIA ALEJANDRO FABRICIO FERNANDEZ MICHEL, como la parte VENDEDORA, y el señor PEDRO JOSE RUIZ DE CHAVEZ SOTO, como la parte COMPRADORA.
Esta operación constituye una severa ilegalidad ya que el notario Moreno Acosta pretende evadir la LEY FEDERAL PARA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA, toda vez que cuando se hace cierta la fecha de un documento privado es aquella que se tiene a partir del día en que tal instrumento se inscriba en el Registro Público de la Propiedad; desde la fecha en que se presente ante un fedatario público es decir en este caso concreto  la fecha cierta para el contrato de compraventa lo es el día  19 de diciembre del 2017 y no así como lo pretende hacer valer el Notario Público Número 8.
De acuerdo a la jurisprudencia aplicable, el Notario debió de haber cumplido con  la LEY FEDERAL PARA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA, toda vez que dicha Ley protege el sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, a través de una coordinación interinstitucional, que tenga como fines recabar elementos útiles para investigar y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los relacionados con estos últimos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de los recursos para su financiamiento.
Otra irregularidad es que el notario jamás verificó ni solicitó la información sobre su actividad u ocupación de quienes realizan la compra venta, basándose entre otros, en los avisos de inscripción y actualización de actividades presentados para efectos del Registro Federal de Contribuyentes; no verificando de donde procedía la cantidad de $1,600,000.00USD (un millón seis cientos mil dólares moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) sin importarle  y dar cumplimiento a su obligación de acuerdo a la LEY FEDERAL PARA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA, tal y como lo establece el artículo 19 y 24 de la ley antes mencionada:
Artículo 19. El Reglamento de la Ley establecerá medidas simplificadas para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo anterior, en función del nivel de riesgo de las Actividades Vulnerables y de quienes las realicen. Asimismo, el Reglamento deberá considerar como medio de cumplimiento alternativo de las obligaciones señaladas en los artículos anteriores, el cumplimiento, en tiempo y forma, que los particulares realicen de otras obligaciones a su cargo, establecidas en leyes especiales, que impliquen proporcionar la misma información materia de los Avisos establecidos por esta Ley; para ello la Secretaría tomará en consideración la información proporcionada en formatos, registros, sistemas y cualquier otro medio al que tenga acceso.
Artículo 24. La presentación de los Avisos se llevará a cabo a través de los medios electrónicos y en el formato oficial que establezca la Secretaría. Dichos Avisos contendrán respecto del acto u operación relacionados con la Actividad Vulnerable que se informe, lo siguiente: I. Datos generales de quien realice la Actividad Vulnerable; II. Datos generales del cliente, usuarios o del Beneficiario Controlador, y la información sobre su actividad u ocupación de conformidad con el artículo 18 fracción II de esta Ley, y III. Descripción general de la Actividad Vulnerable sobre la cual se dé Aviso. A los notarios y corredores públicos se les tendrán por cumplidas las obligaciones de presentar los Avisos correspondientes mediante el sistema electrónico por el que informen o presenten las declaraciones y Avisos a que se refieren las disposiciones fiscales federales
Así mismo, el notario MORENO ACOSTA no verificó o le acreditaron como se realizó el pago entre PEDRO JOSE RUIZ DE CHAVEZ SOTO y ALEJANDRO FABRICIO FERNANDEZ MICHEL , ya que la operación fue de $1,600,000.00 USD (Un millón seis cientos mil dólares moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) monto que excedía un valor superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, lo cual está prohibido liquidar o pagar operaciones mediante el uso de monedas o billetes en la constitución o trasmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles, por lo que el notario debió haber acreditado dentro de la formalización del acto del 19 de diciembre del 2017, de forma cierta con documentos que acreditaran como se realizó el pago, ya que estaba obligado por la cantidad que representaba la operación de $1,600,000.00USD (un millón seis cientos mil dólares moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) en verificar que no se realizó en monedas y billetes en moneda nacional lo cual se fundamenta con la LEY FEDERAL PARA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA en su artículo 32 lo anterior precisamente para la identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita:
Artículo 32. Queda prohibido dar cumplimiento a obligaciones y, en general, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y Metales Preciosos, en los supuestos siguientes: I. Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles por un valor igual o superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación.

Miguel Lucia Espejo presentará iniciativa que brinda derechos jurídicos a usuarios de telefonía móvil

Miguel Lucia Espejo

Ciudad de México; 8 de marzo de 2018. El Senador de la República por Morelos, Miguel Enrique Lucia Espejo, inscribió para su presentación la iniciativa que adiciona la fracción XI al artículo 191 a la Ley Federal de Telecomunicaciones, que tiene el objetivo de generar un marco jurídico que permita la protección de sus derechos como usuarios, teniendo la posibilidad de cancelar de forma anticipada y ninguna responsabilidad sus servicios contratado cuando tengan la imposibilidad de comunicarse, debido a un mal servicio, por errores de conexión o fuera de servicio, así como una pésima calidad en la emisión o recepción de voz.

El Senador por Morena, Miguel Lucia Espejo, reconoce que es  momento de ofrecerles a los mexicanos un andamiaje jurídico que les permita una mejor protección de sus derechos como usuario de telefonía, al considerar que con dicha iniciativa se permitirá a los usuarios tener la posibilidad de rescindir el paquete o plan contrato, en forma anticipada, sin responsabilidad ni penalidad alguna, por fallas constantes en el servicio y que éstas no hayan sido solucionadas o una vez solucionadas vuelvan a presentarse.

Miguel Lucia aseguró que se busca beneficiar al usuario a no tener que pagar multa o penalización de forma injusta y obliga a las empresas que ofrecen servicios de telefonía móvil a mejorar la calidad de sus servicios. Recordó que hace cinco años entró en vigor la reforma Constitucional y la legislación secundaria en materia de Telecomunicaciones que eran necesarias para modificar la forma con la que los concesionarios prestan y desarrollan el servicio de radiodifusiones y telecomunicaciones en nuestro país.

La iniciativa puntualiza que, en los últimos dos años, cerca de 55% de las 20 mil 666 denuncias presentadas en la plataforma “Soy Usuario” del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Profeco fueron por fallas en el servicio, y 35% corresponde a los servicios de telefonía móvil, 34.77% a internet, 16.14% a telefonía fija, 14% a televisión de paga, y sólo 0.16% por servicio de radio o trunking.

Desacata alcaldesa de Temoac orden de destitución

Pedro Martínez Bello

Por Magda García

Cuernavaca, Morelos; 8 de marzo de 2018. La presidenta municipal de Temoac, Edith Cornejo Barreto, desacató una orden de destitución que el pasado 20 de febrero le remitió el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje (TECA), luego de que incumplió con un convenio de pago a tres ex colabórales, así lo informó el representante legal de José Miguel Domínguez González, Leonel, Aragón Martínez y Alberto Barranda Espejo a quien el ayuntamiento despidió sin justificación alguna en 20013 y se les adeuda la cantidad de tres millones de pesos.

El representante legal de los ex trabajadores del Ayuntamiento de Temoac, detalló que no sólo la alcaldesa sino que también el tesorero José Cruz Vinazas Olivar quien pese a que el TECA resolvió despedir desde el 31 de mayo del año pasado sigue desempeñando hasta la fecha.

Pedro Martínez Bello, presidente del Foro Morelense de abogados, adelantó que acudirá a la Fiscalía General del Estado  (FGE) para presentar una de denuncia por el delito de usurpación de funciones toda vez que pese a ser destituidos sigue en funciones.

“Hacemos una enérgico llamado a la alcaldesa de Temoac, para que se ajuste al derecho también ella no porque sea presidenta municipal está exenta de cumplir la norma; estaríamos en condiciones de presentar  una denuncia ante la Fiscalía  por el delito de usurpación de funciones ya que con anterioridad el tesorero y la presidenta municipal fueron destituidos y siguen realizando sus funciones”, declaró  el representante legal de los ex trabajadores.

Finalmente, el abogado, lanzó un llamado al titular del TECA, Juan Manuel Diaz Popoca, para que haga efectiva la resolución que ha resuelto.

Inspeccionarán trabajos de construcción de Puente Apatlaco

 

Construcción colapsada

Por Magda García

Cuernavaca, Morelos; 8 de marzo de 2018. A la una de la tarde este viernes, nueve de marzo, la Coordinación Estatal de Protección Civil en Morelos, realizará una inspección en las inmediaciones de la  obra que la empresa FREYSSINET de México S.A de C.V concreta desde hace varios años  en el kilómetro 0+337.5 del eje transversal del Libramiento Norponiente de Cuernavaca.

El  director general de esta dependencia precisó que la inspección a los trabajos de  construcción del Puente Apatlaco será para constatar si cuenta con  señalética y  medidas de seguridad que cada trabajador debe tener durante su jornada laboral.

En caso de detectar alguna inconsistencia se podrían aplicar multas económicas que oscilan entre los 20 y los 70 mil e incluso suspensión de la obra.

Francisco Javier Bermúdez Alarcón destacó que la  nueva Ley de Protección Civil  los faculta para que todas las empresas que efectúan obras la entreguen a la coordinación  un programa  específico de la construcción de la obra.

“Derivado de este incidente nosotros tenemos la obligación  de hacer una notificación, la cual se realiza el día de hoy,  a la empresa FREYSSINET, y el día de mañana  se va  a hacer  a una de la tarde una visita de inspección  para verificar que cuenten con las medidas de seguridad necesarias;  y si no cuentan con una de estas cosas será objeto de  una sanción económica o incluso si el problema es grave una suspensión  temporal de las actividades  de la empresa”, comentó  el director.

La tarde este martes tres trabajadores resultaron dos de ellos lesionados luego de quedar atrapados en el muro de varillas que se vino abajo en la construcción.