
Magda Díaz
Cuernavaca, Morelos; 23 de mayo de 2025. El último día del mes de mayo vence el plazo para que los patrones o dueños de empresas de más de dos años de haberse constituido entreguen a la base laboral el pago de utilidades.
El especialista en Derecho del Trabajo, Horacio Salgado Albarrán, comentó que los patrones que no entreguen el pago de utilidades pueden hacerse acreedores a sanciones económicas que oscilan entre los 50 y mil 500 Unidades de Medida de Actualización, es decir, entre cinco mil 657 pesos y 169 mil 710 pesos.
«De la ganancia que obtenga el patrón tiene que repartir un porcentaje al trabajador; es un derecho laboral hay consecuencias legales que serían multas», anotó el litigante.
Asimismo detalló que los patrones están obligados a dar utilidades a los colaboradores que hayan trabajado por lo menos 60 días del año fiscal anterior.
Los directores, administradores de empresas, empleados domésticos, colaboradores de organismos públicos descentralizados o de instituciones de beneficencia no tienen derecho a recibir estas compensaciones económicas anuales.