
Magda Díaz
Cuernavaca, Morelos; 26 de noviembre de 2025. A más de 20 años de la Ley del Transporte estatal, este día entraron en vigor las nuevas disposiciones de la Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial del Estado de Morelos que aprobaron los integrantes de la LVI Legislatura, luego de su publicación ayer, de forma extraordinaria.
La normatividad está desglosada en más de 30 páginas de la edición 6493 del periódico oficial «Tierra y Libertad» y se compone de catorce títulos, 215 artículos, decenas de capítulos y 15 disposiciones transitorias.
Se contempla la creación de un sistema estatal, de un consejo estatal y un fondo, así como de un observatorio estatal de movilidad, transporte y seguridad vial, por lo cual la citada ley crea bases para una política de seguridad vial basada en un enfoque de sistema de seguros; de igual forma, para transformar el actual modelo de transporte a uno denominado «ruta empresa», en donde se contempla la profesionalización de los operadores y la renovación de las unidades del transporte público.
Asimismo prevé la inclusión de algunos sistemas de transporte público que no habían sido tomados en cuenta hace más de 20 años, como lo es la micromovilidad, la movilidad eléctrica y las plataformas digitales de transporte, además de un plan integral de movilidad urbana sustentable.
Dentro de sus capítulos también se detalla que se habrá de llevar a cabo el levantamiento de un registro vehicular de mototaxis y bicitaxis, por lo que se efectuará un censo para crear así un registro estatal, en donde se podrán tramitar y recibir permisos o altas de estas unidades.
También establece que las unidades que presten servicio de transporte privado contratado mediante herramientas tecnológicas deberán, tanto la unidad como el conductor o conductora, estar debidamente registrados y autorizados por la Coordinación General de Movilidad y Transporte (CGMyT) y estar inscritos en el registro estatal de movilidad.