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	<title>Ley Ocaña para proteger la dignidad póstuma &#8211; Conurbados</title>
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		<title>Impulsa Alejandro Martínez, Ley Ocaña para proteger la dignidad póstuma</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción Magui]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Sep 2023 23:50:32 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Apoya el propósito de la organización Lexpro Humanitas que impulsa esta legislación a partir del caso del actor Octavio Ocaña y señala que difundir fotos o videos de cadáveres es motivado por el lucro; daña psicológica y moralmente a familiares&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img fetchpriority="high" decoding="async" class="aligncenter size-full wp-image-66364" src="https://conurbados.com/noticias/wp-content/uploads/2023/09/WhatsApp-Image-2023-09-11-at-12.24.29-PM-2.jpeg" alt="" width="1599" height="1066" srcset="https://conurbados.com/noticias/wp-content/uploads/2023/09/WhatsApp-Image-2023-09-11-at-12.24.29-PM-2.jpeg 1599w, https://conurbados.com/noticias/wp-content/uploads/2023/09/WhatsApp-Image-2023-09-11-at-12.24.29-PM-2-300x200.jpeg 300w, https://conurbados.com/noticias/wp-content/uploads/2023/09/WhatsApp-Image-2023-09-11-at-12.24.29-PM-2-1024x683.jpeg 1024w, https://conurbados.com/noticias/wp-content/uploads/2023/09/WhatsApp-Image-2023-09-11-at-12.24.29-PM-2-768x512.jpeg 768w, https://conurbados.com/noticias/wp-content/uploads/2023/09/WhatsApp-Image-2023-09-11-at-12.24.29-PM-2-1536x1024.jpeg 1536w, https://conurbados.com/noticias/wp-content/uploads/2023/09/WhatsApp-Image-2023-09-11-at-12.24.29-PM-2-400x267.jpeg 400w, https://conurbados.com/noticias/wp-content/uploads/2023/09/WhatsApp-Image-2023-09-11-at-12.24.29-PM-2-600x400.jpeg 600w" sizes="(max-width: 1599px) 100vw, 1599px" /></p>
<h6 style="text-align: center;">Apoya el propósito de la organización Lexpro Humanitas que impulsa esta legislación a partir del caso del actor Octavio Ocaña y señala que difundir fotos o videos de cadáveres es motivado por el lucro; daña psicológica y moralmente a familiares y revictimiza al finado</h6>
<p>&nbsp;</p>
<p>Cuernavaca, Morelos; 11 de septiembre de 2023.- El diputado Alejandro Martínez Bermúdez dio a conocer la presentación de una Iniciativa para impulsar la Ley Ocaña, que “tiene como objetivo principal salvaguardar la dignidad y honra póstuma de las personas fallecidas y de sus familiares, así como prevenir el uso indebido de todo tipo de información relacionada con toda investigación penal, de las circunstancias de la muerte o de las lesiones que éstas presentan, mediante la adición del artículo 253 Bis y la reforma al artículo 212 Quintus ambas del Código Penal para el Estado de Morelos”.</p>
<p>En rueda de prensa realizada este día en el recinto legislativo, el presidente de la Junta Política y de Gobierno (JPyG) y coordinador del Grupo Parlamentario (GP) del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) estuvo acompañado por Berta Pérez Ocaña, así como Francisco J. Hernández Salcedo y Fernando A. Manilla Contreras, presidente y director general de Lexpro Humanitas, organización que impulsa esta legislación en el país a partir del caso de la muerte del actor Octavio Augusto Pérez Ocaña.</p>
<p>El presidente de Lexpro Humanitas precisó que se están reformando dos artículos con el propósito de que se incrementen las sanciones económicas a quienes incurran en esta conducta, mientras que Martínez Bermúdez expuso que difundir las fotos o videos de cadáveres en medios de comunicación representa un daño psicológico o moral de grandes proporciones para el núcleo cercano a quien perdiera la vida, atentando en contra de la dignidad póstuma del finado y afecta moralmente a su núcleo familiar de manera irreversible.</p>
<p>La iniciativa del diputado morenista está basada en los casos del actor Octavio Ocaña y también en la Ley Ingrid, y pretende establecer la pena de prisión de tres a siete años y multa de setecientas a mil trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en el momento de cometerse el delito, a quienes filtren, difundan o publiquen información relacionada con un hecho delictivo y relacionada con una investigación penal, y además contemplar sanciones para particulares.</p>
<p>El Código considera actualmente a los servidores públicos que por su trabajo tengan acceso a la información de un hecho delictivo, por lo que la iniciativa incluye a los particulares al adicionar el artículo 253 Bis, para quienes, de incurrir en el ilícito, establece imponer de dos a seis años de prisión, una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización y la reparación integral del daño.</p>
<p>La iniciativa indica que este tipo de delitos son cometidos en la mayoría de los casos, de manera dolosa, buscando obtener una cantidad de dinero a cambio de “compartir” información que debe ser confidencial al formar parte de una investigación en proceso por las autoridades correspondientes, por lo tanto la pena y la multa para quienes incurran en el ilícito, debe ser lo suficientemente significativa para que los delincuentes eviten incurrir en este tipo de prácticas y que de hacerlo, se garantice un efectivo acceso a la justicia y a la reparación integral del daño a las víctimas.</p>
<p>La propuesta destaca como sus antecedentes los casos del actor Octavio Pérez Ocaña y el de Ingrid Escamilla Vargas, que derivó en la llamada Ley Ingrid, que en Morelos llevó a la adición del Capítulo IV denominado DIFUSIÓN DE FOTOGRAFÍAS, IMÁGENES, VIDEOS O AUDIO GRABACIONES, al título décimo primero, perteneciente al libro segundo, así como el artículo 212 Quintus.</p>
<p>El Código Penal de Morelos establece actualmente en ese artículo una pena por esta actividad ilícita de uno a tres años de prisión y multa de treinta a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, y como agravante el cometimiento del delito cuando se involucra como víctimas a mujeres, niñas, niños, adolescentes o alguna persona en situación de vulnerabilidad.</p>
<p>“En nuestra opinión, la pena antes descrita no representa una efectiva medida de prevención en el cometimiento del delito ni mucho menos cumple con el objetivo de garantizar el acceso a la justicia de las víctimas indirectas o terceros afectados”, finalizó.</p>
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