Presenta diputada Alejandra Flores iniciativa para facilitar el cambio de identidad de género

Diputada Alejandra Flores

Por la Redacción

Cuernavaca, Morelos; 30 de marzo de 2019. En tribuna, la diputada Alejandra Flores Espinoza, presentó ante el Pleno la iniciativa que reforma, el cuarto párrafo del artículo 423 la denominación del Capítulo IV del Título II del Libro VI, el artículo 487 y se adiciona un artículo 487-BIS, todos de la Legislación Familiar del Estado a fin de garantizar el derecho al reconocimiento de la identidad de género, al libre desarrollo de la persona conforme a dicha identidad y a ser tratada e identificada legalmente conforme a ello.

Esto de acuerdo a la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, la cual incluyó en la normatividad mexicana los derechos humanos que reconoce la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y aquellos que se consagran en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, además de incorporar diversas figuras jurídicas cuya intención es brindar una mayor protección a las personas, señaló la legisladora.

“La identidad de género supone la manera en que las personas se asumen a sí mismas, es decir, adoptan una identidad “masculina” o “femenina,” de acuerdo a los parámetros culturales imperantes en la sociedad. Se le llama “persona trans” a aquellas cuya identidad de género no concuerda con la que se le asignó al nacer”, explicó Flores Espinoza.

Según la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), continuó la diputada, para referirse a las personas trans, existe un consenso en el siguiente sentido: “se utiliza “mujeres trans”, cuando el sexo asignado al nacer es de hombre, pero la identidad de género, esto es, como se identifica la persona a sí misma, es femenina; y “hombres trans”, cuando el sexo asignado al nacer es de mujer, y la identidad de género es masculina”.

“Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género, al libre desarrollo de su persona conforme a dicha identidad y a ser tratada e identificada legalmente conforme a ella”, agregó Alejandra Flores.

En lo referente al cambio de nombre por identidad de género, la legislación en el estado de Morelos carece de un proceso de manera administrativa ante el Registro Civil, dijo la diputada, lo que resulta en un proceso muchas veces inalcanzable para la mayoría de los solicitantes, quienes deben esperar, al menos, seis meses por la vía judicial. Los costos del trámite rondan los 70 mil pesos y se encuentra a expensas del criterio moral de algunos funcionarios, recalcó la legisladora.

Este derecho, incorporado al Código Civil del Distrito Federal en enero de 2009, se gestó desde la comunidad transexual para combatir la discriminación y concitó el apoyo de defensores de los derechos humanos, sociólogos, antropólogos, médicos, abogados, incluso diputados locales, hoy desde el Congreso del Estado trabajamos con la comunidad LGBT, escuchando sus experiencias e inquietudes, para integrarlas en la propuesta que hoy presentamos ante el Pleno.

Del mismo modo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como diversos tratados internacionales ratificados por México obligan a todas las autoridades del país a combatir la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia.

De ahí la necesidad de avanzar en el marco legal estatal y discutir las reformas que el día de hoy son presentadas, con el objetivo de modificar el cuarto párrafo del artículo 423 la denominación del Capítulo IV del Título II del Libro VI, el artículo 487 y la adición de un artículo 487-BIS, todos del Código Familiar para el Estado, para lo cual, espero recibir su apoyo, finalizó la legisladora.