El documento incorpora instrumentos de participación ciudadana y crea un Consejo Estatal encargado de validar las solicitudes ciudadanas para su aplicación
Cuernavaca, Morelos; 15 de julio de 2024.- El Pleno del Congreso del estado aprobó el dictamen por el que se abroga la Ley de Estatal de Participación Ciudadana Reglamentaria del artículo 19 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos y se expide la nueva Ley de Participación Ciudadana del Estado de Morelos.
El dictamen emana de la Comisión de Participación Ciudadana y Reforma Política, y deriva de una iniciativa de la diputada Mirna Zavala Zúñiga, consistente en una propuesta que se estructura en un Título de Reglas Generales y siete Títulos Cardinales, y se complementa con un conjunto de disposiciones que articularán debidamente las regulaciones complementarias no sustantivas de la ley, las derogaciones expresas y un mandato no uniforme para aprobar los diferentes desarrollos reglamentarios previstos.
Al expedirse la nueva Ley, se incorporan instrumentos de participación ciudadana denominados Auditoría Ciudadana, Comparecencia Pública, Consulta Ciudadana, Debate Ciudadano, Presupuesto Participativo, así como Proyectos Sociales.
Para lograr que se cristalice la aplicación de alguno de los instrumentos de participación ciudadana, la Ley crea el Consejo Estatal de Participación Ciudadana conformado por ciudadanos, quienes de manera colegiada analizarán y validarán en su caso la procedencia de las solicitudes que realice la ciudadanía.
La nueva Ley dota al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) con facultades para realizar acciones de identificación, planeación y aplicación de concientización sobre los derechos de los ciudadanos y los instrumentos de participación.
El ordenamiento permitirá, además, justificar la labor del Impepac en tiempos no electorales, en virtud de que se encargará de diseñar e implementar acciones para mejorar la participación ciudadana con el apoyo de instituciones y organizaciones de la sociedad civil, así como de ayudantes y delegados municipales y los consejos de participación social, cuyo presupuesto deberá ser sustancialmente dirigido a estas actividades.