Cuernavaca, Morelos; 20 de marzo de 2020. En reuniones, de la Junta Política y de Gobierno, así como de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos del Congreso del Estado, realizadas la tarde de este viernes, las y los diputados integrantes de estos órganos legislativos emitieron el “Acuerdo por el que se suspenden labores en el Congreso del Estado de Morelos del periodo comprendido entre el 23 de marzo y el 17 de abril de 2020”, como medida para evitar la propagación y el contagio del COVID-19, también conocido como Coronavirus.
En los considerandos de dicho acuerdo, los diputados destacaron que “es necesario seguir con las diversas acciones adoptadas para contener la propagación y mitigación de la enfermedad Covid-19, entre las que se encuentran medidas de higiene, suspensión de sesiones, actos, reuniones, eventos, filtros sanitarios en el centro de trabajo y la suspensión de labores”.
Referente a la suspensión total de labores, las y los legisladores coincidieron en señalar que “es una medida urgente y prioritaria para el bienestar de todos y garantizar el interés superior de los ciudadanos y de los trabajadores del Congreso del Estado”.
En este mismo sentido y luego que el secretario de Salud del Estado de Morelos, Marco Antonio Cantú Cuevas confirmara la tarde del jueves dos casos positivos del coronavirus (Covid-19), los integrantes de la Junta Política consideraron que “se hace obligatorio parar por un momento y no continuar con la normalidad de las funciones que desempeñamos al interior de esta institución, es una situación de alarma, y de toma de decisiones”.
Cabe precisar que el “Acuerdo por el que se suspenden labores en el Congreso del Estado de Morelos del periodo comprendido entre el 23 de marzo y el 17 de abril de 2020”, consta de seis artículos, en el primero de los cuales se establece que “Se suspenden las labores del Congreso de Estado de Morelos, comprendidas del periodo del 23 de marzo al 17 de abril de 2020, como una medida preventiva y de mitigación para evitar la propagación del virus Covid-19 entre los trabajadores de esta institución, los visitantes y demás ciudadanos que se atienden en las unidades administrativas del Congreso”.
En el artículo segundo se precisa que “En consecuencia, se suspenden las sesiones ordinarias y solemnes del Pleno del Congreso del Estado, reuniones de trabajo o sesiones de las comisiones legislativas y comités, eventos, la recepción de correspondencia, de plazos y términos procesales, legislativos y administrativos a que haya lugar y cualquier trámite legal que se encuentre ventilando en el Poder Legislativo”.
Asimismo, en el tercer numeral se detalla que “Dicha medida de suspensión de labores, podrá modificarse atendiendo a las circunstancias y protocolos que sean establecidos por las autoridades de salud, misma que se hará del conocimiento por parte de la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Morelos, para tomar las medidas pertinentes en caso de alguna emergencia generada por el Covid-19”.
En tanto, en el cuarto artículo se explica que “La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, determinará las medidas que se tomarán para recuperar los días laborables y que no formen parte del periodo vacacional correspondiente, a fin de cumplir con los temas legislativos durante el Segundo Periodo del Segundo Año de Ejercicio Constitucional”.
Finalmente, en el artículo quinto “Se instruye a las Secretarías de Servicios Legislativos y Parlamentarios y de Administración y Finanzas, restringir el acceso a toda persona las Instalaciones del Congreso de Estado, salvo que exista autorización expresa de la Presidencia de la Mesa Directiva y siguiendo las medidas y protocolos aplicables tendientes a evitar la propagación o contagio del virus Covid-19”.