Cuernavaca, Morelos; 24 de octubre de 2022. Derivado del trabajo realizado en la Mesa de Armonización Legislativa para la no Discriminación y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, y con la intensión de generar instrumentos legales precisos, el diputado Alejandro Martínez Bermúdez, presentó una iniciativa para dejar en claro el tipo de conducta a que se refiere el artículo 12 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, donde se pretende sancionar el acoso sexual y no el abuso sexual; con esta modificación se evitarían confusiones al momento de interpretar y aplicar la Ley.
El diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, ingresó la propuesta durante la sesión ordinaria que tuvo lugar el día de ayer, al considerar que la violencia contra las mujeres se presenta en diversos ámbitos, entre ellos en el laboral y docente, donde muchas veces son víctimas de hostigamiento y acoso sexual.
Derivado de lo anterior, y al analizar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, observó que existe falta de claridad en el artículo 12, ya que la conducta de la cual se hace mención corresponde a la del acoso sexual y no a la de abuso sexual como actualmente establece, por lo que es necesario reformarlo para evitar confusiones.
Agrega, que en el citado artículo “se describe una conducta referente al acoso sexual, pero no se le reconoce como tal, sino que se le reconoce como abuso sexual, esto genera confusión, ya que las dos conductas son tipificadas en el Código Penal del Estado de Morelos, y la descripción del tipo penal es diferente para cada una.
En el documento de su iniciativa, Martínez Bermúdez, indica que su planteamiento forma parte de las recomendaciones vertidas por parte del Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos, orientadas a armonizar el marco jurídico de la entidad, para fortalecer el sistema estatal tendiente a prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
El diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, ingresó la propuesta durante la sesión ordinaria que tuvo lugar el día de ayer, al considerar que la violencia contra las mujeres se presenta en diversos ámbitos, entre ellos en el laboral y docente, donde muchas veces son víctimas de hostigamiento y acoso sexual.
Derivado de lo anterior, y al analizar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, observó que existe falta de claridad en el artículo 12, ya que la conducta de la cual se hace mención corresponde a la del acoso sexual y no a la de abuso sexual como actualmente establece, por lo que es necesario reformarlo para evitar confusiones.
Agrega, que en el citado artículo “se describe una conducta referente al acoso sexual, pero no se le reconoce como tal, sino que se le reconoce como abuso sexual, esto genera confusión, ya que las dos conductas son tipificadas en el Código Penal del Estado de Morelos, y la descripción del tipo penal es diferente para cada una.
En el documento de su iniciativa, Martínez Bermúdez, indica que su planteamiento forma parte de las recomendaciones vertidas por parte del Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos, orientadas a armonizar el marco jurídico de la entidad, para fortalecer el sistema estatal tendiente a prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.