Invalida SCJN reelección de magistrados locales y permanencia en el cargo hasta por 20 años

Magistrados del TSJ

Cuernavaca, Morelos; 13 julio 2020. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión virtual resolvió la controversia de inconstitucionalidad 20/2017, promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, en contra de un decreto de reformas constitucionales local, mediante el cual se suprimió la posibilidad de reelección de magistrados locales y su permanencia en el el cargo hasta por 20 años.
La mayoría de los ministros se pronunció en favor del sentido del proyecto que proponía reconocer la validez de los artículos mediante los cuales se suprimió la posibilidad de reelegir a Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, Tribunal de Justicia para Adolescentes y Tribunal de Justicia Administrativa.
Por otra parte, la mayoría votó por la inconstitucionalidad del artículo transitorio que ampliaba el periodo de nombramiento de los magistrados en funciones hasta por 20 años.
En consecuencia, se acordó que la invalidez decretada surtiría efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos y que los magistrados continuarían con las condiciones que tenían previo a la reforma impugnada.
Acción de inconstitucionalidad 20/2017, promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, demandando la invalidez del Decreto número 1613 por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del mencionado Estado, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” de esa entidad el 24 de febrero de 2017.
La legislatura pasada autorizó ampliar el periodo de los magistrados de 14 a 20 años, pero los ministros consideraron inconstitucional este acuerdo por lo que al menos cinco magistrados del Tribunal Superior de Justicia y Administrativa que ya cumplieron 14 años en su cargo, tendrán que retirarse.