Magda Díaz
Cuernavaca, Morelos; 21 de abril de 2020. La Comisión de Derechos Humanos podría iniciar procesos de apercibimiento en contra de autoridades municipales que incurran en violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que, en un afán de prevenir la propagación del Coronavirus han impedido el acceso y el libre tránsito dentro de algunas demarcaciones.
Raúl Israel Hernández Cruz precisó que las únicas autoridades facultadas para impedir reuniones y el libre tránsito dependen directamente de la autoridad federal, mediante el presidente de la República, con aprobación del Congreso de la Unión y la revisión oficiosa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El ombudsman morelense precisó que aquellas autoridades municipales que incurran en esta acción de impedir la libertad de asociación y reunión, de tránsito y residencia, podrían ser observadas por el organismo quien iniciaría una investigación por su actuar.
“Estas disposiciones, específicamente las que restringen o suspenden los derechos de reunión y la libertad de tránsito carente de efectos jurídicos, ya que no tiene competencia para emitirlas; las únicas autoridades que pueden hacerlo son el presidente de la república. Los ayuntamientos no tienen competencia y cualquier aplicación de estas normas serían arbitrarias y puede ser materia de investigación de parte de la Comisión”, expresó Hernández Cruz.