Cuernavaca, Morelos; 10 de noviembre de 2021. El diputado Eliasib Polanco Saldívar, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación del Poder Legislativo, presentó una Iniciativa de Ley que reforma, modifica y adiciona diversos artículos y capítulos de la Ley Orgánica para el Congreso del Estado de Morelos para adecuar un solo procedimiento en la designación de magistrados y magistradas de los tres tribunales que integran el Poder Judicial del Estado de Morelos.
De esta manera, la presente iniciativa de reforma de ley plantea una nueva de denominación del título décimo de la Ley Orgánica para el Congreso del Estado de Morelos, pasando de “De la Designación de los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado” a “De la Designación de los Magistrados y Magistradas en el Estado de Morelos”.
Asimismo, propone la reforma de los artículos 110 al 127 de esta misma ley, para adecuar un solo procedimiento en la designación de los magistrados y magistradas de los tres tribunales; en este mismo sentido, se adecuan las nominaciones de los tres capítulos que integran el título y se adiciona un capítulo cuarto para determinar que del artículo 124 al 127 se trata de “La Designación de Magistradas y Magistrados Interinos”.
Por otra parte, se propone el establecimiento de cinco etapas en el proceso de designación de las y los magistrados para darle “certeza a los procedimientos, elevar los estándares de profesionalismo y transparencia”; además se dispone en el artículo 117 que la Junta Política y de Gobierno, emita un dictamen con ternas o quintetas, con una ponderación estricta para la designación de magistradas o magistradas vacantes, según la lista de aspirantes calificados en las cuatro etapas del proceso”.
Cabe mencionar que las cinco etapas del proceso de designación referidas son: I.- Convocatoria para el registro e integración de los expedientes de los y las aspirantes, con los documentos que señala la convocatoria y la presentación con los requisitos de esta ley de un ensayo científico de contenido jurídico en materia jurídica; II.- Presentación y aprobación del examen de conocimientos jurídicos ante institución evaluadora de prestigio nacional con quien el Congreso del Estado haya celebrado convenio para este efecto.
Además, III.- Comparecencia personal no vinculatoria de las y los aspirantes ante una Comisión Consultiva, en términos del artículo 115 Ter y 115 Quater; IV.- Comparecencia personal de las y los aspirantes ante los integrantes de la Junta Política y de Gobierno y V.- Dictamen con la terna o quinteta de las y los aspirantes a magistrados o magistradas que emita la Junta Política y de Gobierno, para su votación por mayoría calificada en el Pleno del Congreso.
Finalmente, el diputado Polanco Saldívar plantea en su iniciativa la incorporación de un capítulo IV que distingue el Procedimiento de la Designación de Magistrados Interinos, y se ajustan los artículos del 124 al 127 para homologar requisitos y comparecencia ante la Junta Política y de Gobierno y se integra el derecho de los magistrados interinos a participar por una plaza definitiva”.